- Cualquier ciudadano podrá inscribirse gratis para que se le prohíba la entrada a salas de juego y casinos en todo el país.
- La carga del cumplimiento recae estrictamente en las empresas del sector, las cuales no podrán otorgar créditos ni dirigir publicidad a los inscritos.
SANTO DOMINGO, D.N. El proyecto de ley que regula los juegos de azar, aprobado por la Cámara de Diputados, crea el Registro Nacional de Autoexclusión, una herramienta que permitirá a cualquier persona inscribirse voluntariamente para que le sea negado el acceso a los juegos de azar en todo el territorio nacional.
Conforme al artículo 38, la inscripción será gratuita, podrá realizarse de manera presencial o electrónica y tendrá una permanencia mínima de seis meses. Los operadores quedarán obligados a consultar el registro antes de permitir el acceso, abrir una cuenta o pagar un premio, y no podrán dirigir publicidad ni bonificaciones a las personas inscritas.
Esta herramienta jurídica y tecnológica permitirá a cualquier ciudadano inscribirse de manera voluntaria para que se le deniegue de forma estricta el acceso a los juegos de azar en todo el territorio nacional.
De acuerdo con el artículo 38 de la propuesta, la inscripción en este registro será completamente gratuita, se podrá tramitar tanto de forma presencial como electrónica, y tendrá una permanencia mínima de seis meses. A partir de su implementación, los operadores de juegos de azar estarán obligados a consultar la plataforma antes de permitir el acceso a un establecimiento, abrir una cuenta digital o pagar un premio. Asimismo, tendrán prohibido dirigir campañas publicitarias o bonificaciones a los usuarios registrados.
El espíritu de este mecanismo no radica en una prohibición impuesta por el Estado, sino en el respaldo a la voluntad del propio ciudadano. Al inscribirse, el Estado hace que su decisión sea oponible y de cumplimiento obligatorio para los operadores. De este modo, la carga legal y la responsabilidad de verificación recaen exclusivamente sobre la empresa del sector, protegiendo activamente a la persona que lucha contra la adicción.
Blindaje financiero y prohibición de créditos
Para evitar el endeudamiento de los jugadores, el artículo 30 de la ley prohíbe taxativamente a los establecimientos y sus empresas relacionadas otorgar préstamos o créditos destinados a continuar las apuestas. Además, se veta la aceptación de bienes en especie, valores o acciones como medio de pago.
Fondos garantizados para la salud mental
En el ámbito de la salud pública, el artículo 170 estipula un hito de financiamiento: el 10% del total recaudado por las multas del sector se destinará exclusivamente a programas de prevención, atención y tratamiento de la ludopatía. Estos recursos serán ejecutados en coordinación con el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social. Como complemento inmediato, el artículo 34 ordena la creación de una línea telefónica gratuita de atención permanente, la cual estará operada por profesionales titulados en salud mental.



